lunes, 14 de diciembre de 2009

JCE informa fecha límite para cedulación

La Cámara Administrativa de la Junta Central Electoral informó que las Oficialías del Estado Civil, los Centros de Cedulación y Centros de Servicios laborarán en horarios especiales durante el lunes y martes de la próxima semana, y el miércoles 16 de los corrientes hasta las doce de la noche, fecha en que vence el plazo para la prestación de servicios relativos a la cedulación de ciudadanos en el padrón electoral, con fines electorales. En ese sentido, el doctor Roberto Rosario Márquez, Presidente de la Cámara Administrativa, dijo que con la medida se dará cumplimiento a la Resolución No. 13-2009, del Pleno de la Junta Central Electoral de fecha 16 de septiembre del 2009, que, entre otras medidas, dispone, que el día dieciséis (16) de diciembre del año Dos Mil Nueve (2009) alas doce (12) de la noche, es la fecha límite para la prestación de servicios relativos a la cedulación de ciudadanos en el padrón electoral con fines electorales.
Dijo que en ese sentido las Oficialías del Estado Civil, los Centros de Cedulación y los Centros de Servicios laborarán durante los días lunes 14 y martes 15 de diciembre en curso hasta las 8:00 P.M. El día miércoles 16 de diciembre del 2009 estas dependencias de la Junta Central Electoral estarán ofreciendo servicios hasta las doce de la noche.
Los servicios a ofrecer son
Nuevas Inscripciones Cambios de Datos, que no impliquen modificación del lugar de residencia Renovación de documentos de identificación y electoral anterior (Cédulas Azules)
El Presidente de la Cámara Administrativa agregó que para los Centros de Cedulación que funcionan en las Juntas Electorales del exterior, éstos servicios se mantendrán funcionando hasta el 16 de diciembre del año 2009 y cada oficina del exterior hará los ajustes necesarios para garantizar que los ciudadanos y ciudadanas dominicanos tengan acceso a las instalaciones de la Junta Central Electoral y recibir la prestación de los servicios de cedulación en un horario que no debe exceder el plazo de Ley establecido de las 12:00 de la noche de la referida fecha, hora de República Dominicana.

No hay comentarios: